
Más del 98 por ciento de las empresas registradas en el Ministerio de Trabajo cumplieron, hasta el 31 de diciembre de 2020, con la presentación de planillas de pago del Aguinaldo de Navidad.
“Felicito y agradezco el esfuerzo de las empresarias y empresarios, cualquiera sea la empresa registrada, que han hecho grandes esfuerzos en estos tiempos de crisis para cumplir con las trabajadoras y los trabajadores”, informó Verónica Navia, ministra de Trabajo, según un comunicado.
Los que no pudieron cumplir, dijo, tendrán sus motivos. Pero, ya son pasibles a sanciones por no presentar planillas a tiempo, que no es lo mismo que la sanción por no pago de aguinaldo. Es decir, las empresas que no tengan denuncias de sus trabajadores por no haber pagado el aguinaldo no tendrán sanciones, pero sí serán multadas por la no presentación de planillas, pues se trata de una infracción social.

Si, además de la infracción por la no presentación de planillas habría denuncias de las trabajadoras y trabajadores de no haber recibido el pago del aguinaldo, corresponde, la sanción de pagar el doble del aguinaldo, de acuerdo a las normas vigentes.
“¿Quiénes tienen la competencia de proceder con las sanciones? Las jefaturas departamentales y regionales de trabajo son las oficinas competentes para resolver este tipo de temas”.
Para proceder con esta tarea, el Ministerio de Trabajo habilitó la oficina virtual de trámites y líneas telefónicas en cada uno de las nueve oficinas departamentales y las 16 regionales del país y de este modo evitar también aglomeraciones que pongan en riesgo la salud de las y los trabajadores por el COVID-19.
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