Los magistrados autoprorrogados deben cesar en sus funciones el 2 de enero, de acuerdo con la Declaratoria Constitucional (DC) 0049/2023 que amplió su permanencia en los cargos bajo el argumento de evitar un vacío de poder, coincidieron ayer constitucionalistas y nuevas autoridades acreditadas ayer en el Órgano Judicial.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) entregó credenciales a 19 magistrados titulares y a sus respectivos suplentes que resultaron ganadores en las elecciones judiciales del 15 de diciembre pasado.
Final de prórroga
Los magistrados electos para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) Primo Fuentes y Germán Saul Pardo Uribe señalaron que no hay más excusas para que los “prorrogados” se queden en sus cargos, porque ya no podrán alegar vacío de poder.
Fuentes sostuvo que, el momento en que ellos sean posesionados en sus cargos, ya no habrá vacío de poder y la declaración constitucional tiene razón de ser hasta ese el momento. “Nació para evitar el vacío de poder; consecuentemente, sobre la competencia desde la posesión, ellos se van y ya”, señaló. Añadió que las salas plenas del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y del Órgano Judicial pueden reorganizarse y asumir la labor correspondiente.
En la misma línea, Pardo dijo que “ya no hay ninguna excusa porque la Constitución Política del Estado establece seis años, y esos seis años ya se han cumplido hace un año. Lamentablemente, esto está sobre la voluntad de ellos y espero que esa voluntad se ha dado con una respuesta favorable y deben dar un paso al costado”.
El abogado constitucionalista y exmagistrado José Antonio Rivera fue enfático al señalar que los magistrados deben cesar en sus funciones en estricto cumplimento a la DC 0049/2023 que dispuso la prorroga de mandado “hasta que se realicen las elecciones judiciales, se elijan a las nuevas autoridades y se las posesionen”.
Aclaró que la DC no hace referencia a que se mantiene la prorroga en caso de elecciones incompletas. “Por lo tanto, es exigible que la prórroga fenezca con la posesión de las nuevas autoridades, corresponde que se retiren a sus domicilios”. Caso contrario, se trataría de usurpación de funciones y todas sus decisiones estarían viciadas de nulidad”, dijo.
El analista constitucionalista Israel Quino precisó que la DC establece en el numeral 4 que la autoprórroga rige hasta las elecciones judiciales y finaliza con la toma de juramento y la posesión de las autoridades elegidas por voto popular.
Por lo tanto, señaló que la salas del TCP y del TSJ deben funcionar con cuatro y siete magistrados, respectivamente.
Crítica a la Asamblea
En tanto, ayer el presidente del TSE, Oscar Hassenteufel Salazar, criticó duramente a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) por no pronunciarse ante el “atropello” del TCP de frenar las elecciones en varios departamentos; y tampoco se esforzó por completar las elecciones judiciales con un nuevo proceso de preselección.
“Pasan casi dos meses de la sentencia constitucional referida y no avanzamos ni un milímetro. Lo único que hemos escuchado todo este tiempo han sido cuestionamientos al TSE por no haber desconocido o rechazado la Sentencia Constitucional 0770/2024. Nadie en el país escuchó un pronunciamiento final de la Asamblea, un pronunciamiento firme respecto esa sentencia. Ni siquiera se dio curso a un proyecto de ley corta propuesta por TSE”, declaró.