
Expertos jurídicos consultados observaron que los extranjeros miembros del grupo religioso Estados Unidos de Kailasa fueron deportados sin hacer pesquisas. Creen que el Ministerio Público debió actuar de oficio, sin necesidad de una denuncia
La ilicitud no crea derechos. Con esa frase respondió el abogado Álvaro La Torre Imaná a la consulta si tienen validez los contratos firmados por dirigentes indígenas y los representantes del grupo religioso Estados Unidos de Kailasa
Sin embargo, recomendó que si los contratos fueron notariados, significa que han pasado un primer filtro ante el notario, así que en ese caso corresponde la demanda de nulidad, y ver “qué tan grosero fue el acuerdo, para saber si el notario ha cometido algún tipo de inconducta, para una sanción disciplinaria”.
En cuanto a los documentos con firma simple, que no pasaron por la Notaría, agregó que simplemente deben ser desconocidos por las bases de la organización indígena correspondiente.
“Los declaran nulos, pero tiene que haber pronunciamiento que desconozca al dirigente, que remarque que no tenía capacidad para eso, y como no hay un reconocimiento de firmas, con eso debería ser suficiente. Con un voto resolutivo, el ente matriz desconoce y desautoriza el acuerdo”, explicó.
Para La Torre, “por lo bajo”, los notarios y abogados involucrados deberían ser convocados por el Ministerio Público para declarar.
En este sentido, La Torre observó el papel de la Fiscalía, diciendo que incumple la persecución de oficio. “Antes de deportarlos (a los extranjeros), debieron ser cautelados por tráfico de tierras”, resaltó.
Según el abogado, en el deber ser, se debió investigar de oficio, inicialmente desde la Fiscalía de Beni, que coordina con la Fiscalía General del Estado. “Ellos, los del Ministerio Público, deberían explicar todo lo que pasó en base a una investigación que ya debería estar avanzada. Por ejemplo, cuando cae un tragón en otro país (delito), ¿acaso los deportan? “, cuestionó.
A la diputada María René Álvarez, que ingresó una denuncia en la Fiscalía General del Estado por el caso Kailasa, y bajo los delitos de organización criminal y tráfico de tierras, le sugirió que indague las investigaciones realizadas, qué declaraciones se tomaron, quién los trajo y cómo llegó el dinero al país para el pago de los contratos. Asimismo, qué declararon antes de ser deportados, o si es que no declararon. “Con la declaración ya debió abrirse una investigación”, recalcó.
Luis Enrique Ardaya, asesor jurídico de la Confederación de Pueblos y Naciones Indígenas de Chaco, Oriente y Amazonía (Cidob), liderada por Justo Molina, explicó que, si bien se firmaron contratos, existe una jerarquía orgánica en la Cidob, que no fue respetada por los firmantes.
“Cuando nos enteramos hicimos una denuncia pública, a través de una resolución Cidob. Nuestra organización no avaló ninguno de estos contratos, son nulos de pleno derecho”, dijo.
Según Ardaya, no hay proceso jurídico o judicial que hacer porque esos contratos nunca nacieron a la vida legal, y los territorios indígenas son intransferibles e inembargables. “Aunque los indígenas de buena fe decidieran, incluso con anuencia nuestra, vender tierras es inconstitucional”, confirmó.
En cuanto a tomar acciones contra Kailasa, Ardaya dijo que como Cidob saben que ese Estado no existe, y que la Cancillería lo ha ratificado, con su comunicado negando relación alguna con Kailasa. “Lo más que podemos hacer es iniciar una acción legal, buscando el tipo penal que corresponda contra estos individuos, pero que ya fueron expulsados”, agregó.
Como Cidob, lo que están haciendo, informó Ardaya, es incidencia social. “Nuestro presidente Justo Molina está allá en Beni. Una vez que se infome de todo, lo que haremos es una especie de capacitación, taller o algo para que nuestros dirigentes no caigan en estos engaños, y siempre la recomendación, que tienen que dirigirse a su entidad matriz, la Cidob, para eso hay profesionales jurídicos que vamos a evaluar los contratos”, recomendó.
Expulsión
El abogado Álvaro Barbery Guzmán observó que en el caso de los hindúes, requieren una visa para entrar al país. “Si entraron con pasaporte ordinario, y no consular, no pueden ni siquiera firmar un papel higiénico”, ironizó.
Asimismo, dijo que el tiempo permitido en el país no debe exceder los 90 días, caso contrario tienen que sacar su permanencia, luego la cédula extranjera, para que recién nazcan a la vida civil en el país. Migración no aclaró si habían sobrepasado los 90 días.
PARA SABER
SIN LEGALIDAD
En su calidad de turistas, los extranjeros no tenían la posibilidad de firmar documentos o cualquier trámite propietario o de arrendamiento.
VISA PARA HINDÚES
Los ciudadanos indios que desean viajar a Bolivia por turismo necesitan una visa de la embajada. Para obtenerla, deben cumplir varios requisitos, entre estos, contar con solvencia económica.
